A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sala De Seguimiento
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cambio de fecha de sesión técnica e informativa convocada mediante autos A.145/13 y A.153/13
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se cambia la fecha de la sesión técnica e informativa convocada mediante autos 145 y 153 de 2013.
Se fija como nueva fecha, el lunes 9 de septiembre de 2013.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. FIJAR como nueva fecha, hora y lugar para el desarrollo de la sesion tecnica e informativa sobre la proteccion de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos indigenas desplazados o en riesgo de desplazamiento forzado, en el marco de seguimiento a la sentencia T-025 de Sala Especial de Seguimiento Sentencia T-025 de 2004 y a los autos 218 de 2006, 004 de 2009, 382 de 2010, 174 de 2011 y 173 de 2012, convocada inicialmente mediante auto 145 de 2013, el proximo lunes nueve (09) de septiembre de dos mil trece (2013), a partir de las siete y treinta (7:30) de la manana, hasta las cinco y treinta (5:30) de la tarde, en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia ubicada en el Consejo de Estado.
- Segundo. FIJAR, para el desarrollo de la sesion tecnica e informativa, la agenda y metodologia senalada en el auto 145 de 2013.
- Tercero. ADVERTIR a las autoridades publicas de las entidades del orden nacional y territorial citadas a la sesion tecnica e informativa de la referencia, sobre la obligacion de atender la citacion proferida por la Corte y permanecer durante todo el desarrollo de la sesion tecnica e informativa, so pena de incurrir en las conductas previstas en los articulos 19 y 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. PUBLICAR esta providencia en el sitio Web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la Jefatura de Prensa de esta Corporacion para su transmision por television abierta y videoconferencia por Internet. Asi mismo, solicitar la colaboracion de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que publique en su respectiva pagina Web el contenido de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.